¿Y ahora qué?

(De izda, a dcha.) Ramón Sáez, Manuela Fernández de Prado y Javier...

Medio centenar de presos de ETA que habian solicitado a los tribunales españoles que se les descuente los años que han permanecido en prisión en Francia basándose en la decisión de la Sección Primera de la Audiencia Nacional han visto frustrado su intento. Ahora el Tribunal Supremo ha rechazado el recurso interpuesto por el miembro de ETA Kepa Picabea Ugalde y descontar los diez años de prisión que pasó en Francia al considerar que el licenciamiento ya estaba resuelto y no se podía abordar de nuevo.

De esta forma, el Alto Tribunal deja en entredicho la decisión adoptada por la Sección Primera de la Audiencia que excarceló de manera muy precipitada y en contra la opinión de la fiscalía, el pasado 4 de diciembre al exdirigente de ETA Santiago Arrospide Sarasola, Santi Potros, inductor del atentado de Hipercor en el que fueron asesinadas 21 personas, y también al miembro de la banda Alberto Plazaola Anduaga, al descontar de las penas a las que fueron condenados los períodos de reclusión que cumplieron en cárceles francesas atendiendo a la Decisión Marco del Consejo de Europa, que se aprobó en 2008.

La sección primera de la Audiencia Nacional también ha ordenado la revisión del tiempo de estancia en prisión de otros dos etarras, Francisco Mújica Garmendia, alias Pakito, y Rafael Caride Simón, sobre el que aún se tienen que pronunciar las cárceles en las que están ingresados.

Los jueces de la sala 1ª que tomaron esta precipitada decisión fueron Ramón Sáez, Manuela Fernández de Prado y Javier Martínez Lázaro, cuando estaba sobre la mesa ya un texto legal que cerraba esa posibilidad y que entraba en vigor justo al día siguiente.

"Muy bien pudo la Sección Primera esperar un día y tener una guía ya firme sobre cuál era la voluntad del legislador español al respecto de la Decisión Marco", dice el Ministerio Público que se pregunta: "Y, si no esperó un día ¿por qué no se dictaron los autos varias semanas o meses antes?" dado que la norma europea es del año 2008.

Esta decisión que va a provocar que aparte de cortar de raiz las expectativas del medio centenar de terroristas que habían puesto su esperanza de libertad en la medida de la Audiencia el Supremo tenga que dicta la orden que volver a encarcelar a Santi Potros y Plazaola que seguramente ya habrán puesto tierra por medio y probablemente andarán por algún país que no exista tratado de extradición. 

Comentarios

  1. Montes Francisco

    Pues tendrán que pedirle responsabilidades a estos tres responsables, seria lo menos que se podría hacer e inhabilitarlos.ç

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  2. rodriguezan

    Lo que no entendó entonces, y ahora mucho menos, es por qué había que darse tanta prisa en excarcelar a algunos. El caso es que se hizo. Y se sabía que el Supremo podía decir algo. Como lo ha dicho.Auque comencé diciendo que no lo entendí, creo que tal vez lo entendí perfectamente.

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  3. benitos

    Lo que no se entiende es porque no han sido apartados de la carrera judicial los jueces que aplicaron la ilegal Doctrina Parot, suponen un peligro para la democracia. Por bastante menos han sido expulsados Garzón y Elpidio Silva

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